jueves, 6 de junio de 2013

Los Derechos Humanos

Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona.

Clasificación de los DD. HH.

La división de los derechos humanos en tres generaciones fue concebida por primera vez por Karel Vasak en 1979.
  1. Los derechos de primera generación son los derechos civiles y políticos, vinculados con el principio de libertad. Generalmente se consideran derechos de defensa o negativos, que exigen de los poderes públicos su inhibición y no injerencia en la esfera privada.
  2. Los derechos de segunda generación son los derechos económicos, sociales y culturales, que están vinculados con el principio de igualdad. Exigen para su realización efectiva de la intervención de los poderes públicos, a través de prestaciones y servicios públicos.
  3. La tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética.
Características de los DD. HH.
  • Inherentes: porque  no dependen de un reconocimiento por parte del Estado.
  • Universales: porque se extienden a todo el género humano en todo tiempo y lugar.
  • Absolutos: su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad.
  • Inalienables: porque no pueden ni deben separarse de la persona, no pueden trasmitirse o renunciar a los mismos, bajo ningún título.
  • Inviolables: porque ninguna persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos, salvo las justas limitaciones.
  • Imprescriptibles: porque no se pierden por el transcurso del tiempo.
  • Indisolubles: todos deben ser ejercidos en su contenido esencial, al tener igual grado de importancia.
  • Indivisibles: porque no tiene jerarquía entre sí.
  • Irreversibles: porque todo derecho formalmente reconocido queda irrevocablemente integrado a la categoría de derecho humano.
  • Progresivos: porque dado el carácter evolutivo de los derechos, es posible que en el futuro se extienda la categoría de derecho humano a otros derechos.



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